A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DEPENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la Liga:
Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
TRIBUNAL DE PENAS
"UNA INSTITUCIÓN PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO
ACTA 27 AÑO: 2017
LIGA BELLVILLENSE DE FÚTBOL
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
Siendo las 21:00 Hs. se inicia la sesion con la presencia de:Sr. Nelso Sampietro, Dr. Eduardo Dolman,Sr.
Jorge Colmano,Sr Ernesto López,
Presidio la sesion Nelso Sampietro
Secretaría: Dr. Eduardo Dolman
PRIMERA DIVISIÓN
Partido: ARGENTINO (M.J.)-SAN MARTIN (M.B.) - arb. DOMNIGUEZ LEANDRO
Jug.: NARVALLO RAUL IGNACIO Carnet: 08100 Club: SAN MARTIN (M.B.): 1 Partido/s ( Art.204 )
Partido: DEP. LEONES (L)-PROGRESO (N) - arb. PEREZ MARCELO
Jug.: SELAK NICOLAS Carnet: 08865 Club: DEP. LEONES (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: BEVILACQUA WALTER DANIEL Carnet: 08759 Club: PROGRESO (N): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: SAN CARLOS (N)-SAN MARTIN (M.J.) - arb. MATURANO GUSTAVO
AY: OVIEDO MARIANO Carnet: 01353 Club: SAN CARLOS (N): 2 Partido/s ( Art.186 /260 )
Partido: ARGENTINO (B.V.)-CENTRAL (B.V.) - arb. VERGARA SERGIO
DT: ALFIERI EMANUEL NICOLAS Carnet: 01492 Club: CENTRAL (B.V.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
EXPTE 31/2017
AY: BERNARDI GABRIEL Carnet: 01538 Club: CENTRAL (B.V.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
EXPTE 31/2017
Jug.: CALDERON LUCAS EMILIANO Carnet: 15039 Club: CENTRAL (B.V.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
EXPTE 31/2017
Partido: SPORTIVO UNION (O)-DEFENSORES (S.M.S.) - arb. SABADIAS ORLANDO
Jug.: SALAS DANIEL SEBASTIAN Carnet: 14837 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"2 )
AY: GARCIA ALBERTO ENRIQUE Carnet: 00664 Club: SPORTIVO UNION (O): 30 Días ( Art.263 "c" )
Jug.: GOROZITO GIANFRANCO Carnet: 08325 Club: SPORTIVO UNION (O): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: VILLA ARGENTINA (M.J.)-DEFENSORES (S.A.L.) - arb. RODRIGUEZ PAUL
AY: NEIRA SEBASTIAN Carnet: 01494 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 2 Partido/s ( Art.186 /260 )
CUARTA DIVISIÓN
Partido: ARGENTINO (M.J.)-SAN MARTIN (M.B.) - arb. SALVATORI LUIS
Jug.: SOSA CALDERON FABIO Carnet: 05588 Club: SAN MARTIN (M.B.): 2 Partido/s ( Art.201 "b"4 )
Partido: COMPLEJO DEP. (J.P.)-DEF. DE JUVENTUD (J.P.) - arb. VILLARROEL HORACIO
Jug.: GOROSITO FACUNDO Carnet: 19339 Club: DEF. DE JUVENTUD (J.P.): 1 Partido/s ( Art.201 "b" )
Jug.: PRANZONI GIANLUCA Carnet: 19363 Club: DEF. DE JUVENTUD (J.P.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Partido: RIVER PLATE (B.V.)-TALLERES (B.V.) - arb. GONZALEZ CESAR
Jug.: ESCOBARES FRANCISCO EZEQUIEL Carnet: 14063 Club: RIVER PLATE (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: MARRONKLE JOAQUIN Carnet: 07111 Club: TALLERES (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 "c" )
Partido: SPORTIVO UNION (O)-DEFENSORES (S.M.S.) - arb. ESPAÑON OMAR
Jug.: LEDEZMA GUSTAVO SERGIO Carnet: 09640 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 )AY: MOMONT LUCAS SEBASTIAN Carnet: 01496 Club: SPORTIVO UNION (O): 30 Días ( Art.263 "c" )
Partido: VILLA ARGENTINA (M.J.)-DEFENSORES (S.A.L.) - arb. BRACAMONTE SILVIO
Jug.: CARDOSO ROSENDO ISMAEL Carnet: 20941 Club: DEFENSORES (S.A.L.): 1 Partido/s ( Art.207 )
FUTBOL INFANTIL
Partido: PROGRESO (N)-VILLA ARGENTINA (M.J.) - arb. BRACAMONTE SILVIO - cat. Octava
Jug.: RODRIGUEZ KEVIN ANDRES Carnet: 15430 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 /154 )
Partido: ARGENTINO (B.V.)-COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. QUIROGA CLAUDIO - cat. Quinta
DT: MONJE JUAN JOSE Carnet: 01172 Club: ARGENTINO (B.V.): 3 Partido/s ( Art.186 /260 )
Partido: MATIENZO (M.B.)-SPORTIVO UNION (O) - arb. REYES CRISTIAN - cat. Quinta
Jug.: PALLERO RODRIGO JESUS Carnet: 05659 Club: MATIENZO (M.B.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: VIOTTO RAMIRO NICOLAS Carnet: 17481 Club: SPORTIVO UNION (O): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: DEP. LEONES (L)-SARMIENTO (L) - arb. CARBALLO GASTON - cat. Sexta
Jug.: ORTEGA DIEGO TOMAS Carnet: 06377 Club: SARMIENTO (L): 1 Partido/s ( Art.207 /154 )
Partido: PROGRESO (N)-VILLA ARGENTINA (M.J.) - arb. RIVA AUGUSTO - cat. Séptima
Jug.: MOYANO CEBALLOS VALENTIN Carnet: 09262 Club: PROGRESO (N): 1 Partido/s ( Art.207 /154 )
Partido: SARMIENTO (L)-DEP. LEONES (L) - arb. CARBALLO GASTON - cat. Séptima
DT: QUINTEROS JORGE JAVIER Carnet: 01316 Club: SARMIENTO (L): 2 Partido/s ( Art.186 /260 )
SENIOR
Partido: ARGENTINO (B.V.)-DEFENSORES (S.M.S.) - arb. MOLINA DIEGO
Jug.: ALTAMIRANO JUAN Carnet: 20184 Club: ARGENTINO (B.V.): 4 Partido/s ( 3 x Art.200 -1 x Art.48 "a"1 )
Partido: SAN CARLOS (N)-SPORTIVO UNION (O) - arb.
Jug.: AGUIRRE DIEGO ERNESTO Carnet: 99101 Club: SAN CARLOS (N): 1 Partido/s ( Art.186 )
Jug.: BONA EDGARDO Carnet: 02903 Club: SAN CARLOS (N): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: SAN MARTIN (M.J.)-COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. DIAZ PABLO
Jug.: GARCIA FERNANDO MIGUEL Carnet: 00931 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"2 )
EXPTE 1/2017 Incumplimientos de pagos violación art. 77
VISTOy CONSIDERANDO : la Nota enviada por la Tesorería de la Liga comunicando que los clubes:
ARGENTINO (BV), ARGENTINO (MJ), CENTRAL (BV), SAN MARTÍN (MB), SPORTIVO UNION
(GO),TALLERES (BV), TALLERES (B), UNION (M), VILLA ARGENTINA (MJ), SAN CARLOS (N), DEFENSORES
JUVENTUD (JP), , LEONES (L), SAN MARTÍN (MJ), TIRO FEDERAL (MJ) y LURO Y 30 DE JUNIO (C),
TALLERES (BV),VILLA ARGENTINA (MJ), TIRO FEDERAL (MJ) Han abonado la deuda que mantenían con esta
institucion al 11/07/2017
SE RESUELVE :II) Tener por acreditado el pago de la deuda al 11/07/2017 de los clubes: ARGENTINO (BV),
ARGENTINO (MJ), CENTRAL (BV), SAN MARTÍN (MB), SPORTIVO UNION (GO),TALLERES (BV), TALLERES
(B), UNION (M), VILLA ARGENTINA (MJ), SAN CARLOS (N), DEFENSORES JUVENTUD (JP), , LEONES (L),
SAN MARTÍN (MJ), TIRO FEDERAL (MJ) y LURO Y 30 DE JUNIO (C) TALLERES (BV),VILLA ARGENTINA
(MJ), TIRO FEDERAL (MJ) , por lo que al día de la fecha no hay clubes con deuda.
EXPEDIENTES INCUMPLIMIENTO DE PAGO
EXPEDIENTES
EXPTE 29/2017 CLUB Firpo de San Marcos Sud s/reclamo de Daños
Y VISTO ... Y CONSIDERANDO ...Que el club FIRPO de San Marcos Sud presento en forma un reclamo de daños y perjuicios,
habiendo acreditado los daños y acompañada la facturas correspondientes. Se le corrio traslado en forma y a la fecha el Club
DEFENSORES no ha contestado el traslado corrido oportunamente por este Tribunal, dejando decaer su derecho a defensa. En
merito del silencio del Club, se le habia apercibido que se le daria por cierto lo reclamado en la nota de reclamo de daños y
perjuicios.- Es por ello, que se condena al Club defensores a pagar la suma de $ 4.500, pago que debera realizarlo en los
terminos de ley. SE RESUELVE ...Hacer lugar al reclamo formulado por el club Firpo de San Marcos Sud, y condenar al club
Defensores de San Marcos sud a abonar la suma de pesos cuatro mils quinientos ($ 4.500.-), por violación art. 99 y concor.
debiendo realizar el pago según lo prescripto en el arts 103,149 del RTyP bajo apercibimiento de no habonar aplicar el art. 77 del
RTyP.
EXPTE 30/2017 CLUB Firpo y Defensores San Marcos Sud s/suspensión de Partido.
Y VISTO ...Que el club A.M y B Firpo, presenta en tiempo y forma recurso de reconsideración sobre la resolución recaida en
autos, argumentando que debe reducirse la multa al mínimo de lo previsto por el art. 88 bis, individualizando como fundamento el
fallos del EXP 027/2017, y destaca que el club no presenta antecedentes en este tipo de hechos; y Y CONSIDERANDO ...Que
en primer lugar se trata de diferentes hechos, con el agravante de que en el partido en donde es sancionado el club Firpo se puso
en riesgo la integridad física de jugadores y cuerpo técnico, utilizándo elementos explosivos (bomba de estruendo), prohibidos en
este tipo de eventos deportivos, además no es cierto que dichos explosivos no provocaron lesión, ya que ha quedado acreditado
en autos el traslado de los lesionados -ordenado por el profesional médico oficial del partido- al Centro Médico Local. Del
expediente no surge que las lesiones hayan sido graves, ya que de lo contrario, además de la multa se habría aplicado la sancion
de deducción de puntos, previstos en el mismo art. 88 bis última parte. El fallo 027/2017 que invoca el club Firpo como defensa
para solicitar la disminucion de la sanción de multa se diferencia los hechos oportunamente acreditados, ya que se utililizó
articulos de pirotecnia de menor potencia y peligrosidad, y además este hecho no provocó la suspensión del partido. La gravedad
del hecho es el acto vandálico cobarde provocado por la parcialidad del club local, ya que el y/o los agresor/es direccionados a
escasos metros a los elementos explosivos, más precisamente desde la tribuna local hacia el banco de suplentes, donde se
encontraban sentados de espalda jugadores y cuerpo técnico, con la única intencion de lesionar a los jugadores visitantes.- Es
por ello, que no se ha destacado que el fallo se agrava por antecedentes del club, sino que el parametro que adopta el Tribual es
considerar a los hechos de una gravedad insusitada, pudiendose haber provocado con los actos daños irreparables.SE
RESUELVE ...Al pedido de reconsideración formulado por el club Firpo de San Marcos Sud, NO HA LUGAR en mérito
fundamentos expresados en los considerandos.
EXPTE 31/2017 CALDERON LUCAS EMILIANO y otros p.s.a agresión
Citar para el día martes 08/08/2017a las 20.30 hs, a los sres. Calderón Lucas, Alfieri Emanuel y Bernardi Gabriél, para
receptársele declaración, art. 8 RTyP
ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS
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