SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga Bellvillense de Fútbol - 08-10-2019
A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DEPENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la por la Liga:
Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
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TRIBUNAL DE PENAS
"UNA INSTITUCIÓN PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO
ACTA 43 AÑO: 2019
LIGA BELLVILLENSE DE FUTBOL
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
Siendo las 20.00 hs se inicia la sesesión con la presencia de Dr. Eduardo dolman, Sr .Jorge López. Sr
Colmano Jorge Dr Alejandro Actis y Dr. Mariano Favero
Presidió la sesión Dr. Eduardo Dolman
Secretaria Dr. Favero Mariano
PRIMERA DIVISIÓN
Partido: CLUB A. Y B. BELL (B.V.) CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. CASTELLI JOSE
Jug.: GODOY FOLCH GERARDO A. Carnet: 22969 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.) CLUB A. SPORTIVO UNION (O) - arb. GUILLERMO EMILIO
Jug.: GIUSTI CRHISTIAN NICOLAS Carnet: 18359 Club: CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.): 1 Partido/s ( Art.204 )
Partido: CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.) CLUB A. TALLERES (B) - arb. ORTEGA DIEGO
Jug.: MOLINARI JORGE LUIS Carnet: 10826 Club: CLUB A. TALLERES (B): 3 Partido/s ( Art.200 "a"2 )
Partido: CLUB FIRPO (S.M.S.)-CLUB A. TALLERES (B.V.) - arb.
DT: CONTI MARTIN Carnet: 01443 Club: CLUB FIRPO (S.M.S.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
EXPTE 46/2019
Partido: CLUB LURO Y 30 DE JUNIO CLUB TIRO FEDERAL (MJ) - arb. CAMINOS EDGARDO DANTE
Jug.: SILVA EZEQUIEL Carnet: 16056 Club: CLUB TIRO FEDERAL (MJ): 2 Partido/s ( Art.201 "b"4 )
Partido: CLUB SAN MARTIN (M.J.) CLUB A. SARMIENTO (L) - arb. ASTUDILLO PABLO
Jug.: PEREYRA BRIAN JOEL Carnet: 16806 Club: CLUB SAN MARTIN (M.J.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Partido: CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.) CLUB DEFENSORES (S.A.L.) - arb. VALDEZ FERNANDO LEONEL
Jug.: ESPINOZA COLQUE ROGER ELVIS Carnet: 21304 Club: CLUB DEFENSORES (S.A.L.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Partido: CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.)-CLUB DEFENSORES (S.A.L.) - arb. VALDEZ FERNANDO LEONEL
AY: NIVELLO LEONARDO DAVID Carnet: 00527 Club: CLUB DEFENSORES (S.A.L.): 2 Partido/s ( Art.186 ( redimible por multa
equivalente a 42 entradas. )/260 )
CUARTA DIVISIÓN
Partido: CLUB A. ARGENTINO (B.V.) CLUB A. UNION (M) - arb. OITANA WALTER
Jug.: PEDRAZA MARCOS EZEQUIEL Carnet: 13491 Club: CLUB A. ARGENTINO (B.V.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Partido: CLUB A. SAN MARTIN (M.B.) CLUB DEFENSORES (S.M.S.) - arb. BRACAMONTE SILVIO
Jug.: QUINTEROS JULIAN NICOLAS Carnet: 06308 Club: CLUB DEFENSORES (S.M.S.): 2 Partido/s ( Art.201 "b"1 )
Partido: CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.) CLUB A. PROGRESO (N) - arb. SALVATORI PABLO
Jug.: GOMEZ ELIAS BENJAMIN Carnet: 06434 Club: CLUB A. PROGRESO (N): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB A. Y B. BELL (B.V.) CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. QUINTEROS JULIO
Jug.: GAIDO TOMAS Carnet: 07841 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: LOMELLO TOMAS Carnet: 07821 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.) CLUB A. SPORTIVO UNION (O) - arb. GONZALEZ CESAR
Jug.: AZCHERITO VALENTIN Carnet: 07194 Club: CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 )Partido: CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N) CLUB A. MATIENZO (M.B.) - arb. ACUÑA JUAN
Jug.: MOLINENGO CUELLO JOAQUIN ALBERTO Carnet: 05619 Club: CLUB A. MATIENZO (M.B.): 1 Partido/s ( Art.207 "c" )
Partido: CLUB LURO Y 30 DE JUNIO CLUB TIRO FEDERAL (MJ) - arb. RESER PABLO
Jug.: PIRIZ LEONARDO DAMIAN Carnet: 10016 Club: CLUB TIRO FEDERAL (MJ): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB SAN MARTIN (M.J.) CLUB A. SARMIENTO (L) - arb. CALDERON FRANCO
Jug.: BONCI AGUSTIN Carnet: 12649 Club: CLUB A. SARMIENTO (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: FERNANDEZ RAMIRO RUBEN Carnet: 12615 Club: CLUB A. SARMIENTO (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: BRITO ALAN JOEL Carnet: 12696 Club: CLUB SAN MARTIN (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: PEREYRA JULIAN Carnet: 14945 Club: CLUB SAN MARTIN (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.) CLUB DEFENSORES (S.A.L.) - arb. VILLARROEL HORACIO
Jug.: GUARDIA JOAQUIN LORENZO Carnet: 10637 Club: CLUB DEFENSORES (S.A.L.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: ARROYO AGUSTIN FABIAN Carnet: 10401 Club: CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.): 1 Partido/s ( Art.207 )
SENIOR
Partido: CLUB A. UNION (M) CLUB A. MATIENZO (M.B.) - arb. ROMERO GASPAR
Jug.: FALIVA GERMAN ANDRES Carnet: 02262 Club: CLUB A. MATIENZO (M.B.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Jug.: FRANCIONI MARCOS MIGUEL Carnet: 04066 Club: CLUB A. MATIENZO (M.B.): 2 Partido/s ( Art.201 "a" )
Jug.: RODARE JUAN JOSE Carnet: 17933 Club: CLUB A. UNION (M): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 )
Partido: CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.) CLUB SAN MARTIN (M.J.) - arb. ANDREUCCI DIEGO
Jug.: CEBALLOS CLAUDIO Carnet: 99240 Club: CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.): 2 Partido/s ( Art.201 "a" )
Jug.: ARIOSTI PABLO ANDRES Carnet: 98447 Club: CLUB SAN MARTIN (M.J.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"3 )
Jug.: FERNANDEZ RICARDO DANIEL Carnet: 01766 Club: CLUB SAN MARTIN (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 )
ACTA 43 AÑO: 2019
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EXPTE 1/2019 Incumplimientos de pagos violación art. 77
La nota enviada por la por la Tesorería de la Liga comunicando que los Clubes CTRO DEPORTIVO ROCA (GR),
ARGENTINO(MJ), CENTRAL (BV), SAN CARLOS (N), SARMIENTO (L), TALLERES (B). TALLERES (BV),
RIVER PLATE (BV), SPORTIVO UNION (O), DEF DE JUEVNTUD (JP), DEFESNORES (SAL), AT. LEONES (L),
LURO Y 30 DE JUNIO (C), SAN MARTIN (MJ), UNION (M), VILLA ARGENTINA (MJ), COMPLEJO DEP (JP) Y
TIRO FERDERAL (MJ) NO HAN ABONADO que mantienen con esta Liga al 08/10/2019
SE RESUELVE :INTIMAR por el termino cinco (5) dias corridos a los clubes CTRO DEPORTIVO ROCA (GR),
ARGENTINO(MJ), CENTRAL (BV), SAN CARLOS (N), SARMIENTO (L), TALLERES (B). TALLERES (BV),
RIVER PLATE (BV), SPORTIVO UNION (O), DEF DE JUEVNTUD (JP), DEFESNORES (SAL), AT. LEONES (L),
LURO Y 30 DE JUNIO (C), SAN MARTIN (MJ), UNION (M), VILLA ARGENTINA (MJ), COMPLEJO DEP (JP) Y
TIRO FERDERAL (MJ) para abonar la deuda que mantienen con este Liga al 08/10/2019 QUEDANDO
SUSPENDIDOS PROVISIONALMENTE a partir de las 24 hrs del dia 13/10/2019 debiendo disputar los
encuentros programados con el consecuente descuento de TRES (3) puntos por cada fecha comprendida en el
termino de la suspension y demas previsiones de conformidad al art 188 del RTyP dejando aclarado el inmediato
levantamiento de la misma al momento del efectivo pago que se verificará con el RECIBO OFICIAL que otorga el
Tesorero de la Liga siendo esta unica comunicación, elevese las actuaciones al Cnsejo Directiva de la Liga a los
fines pertinentes.
EXPEDIENTES INCUMPLIMIENTO DE PAGO
EXPEDIENTES
EXPTE 33/2019 Club River Plate (BV), s/reclamo daños
Y VISTO ... Y CONSIDERANDO ...SE RESUELVE ...Habiendo acordado entre los Clubes el resarcimiento de los daños
existentes, tener por acreditado el convenio de partes, debiendo el Club Argentino acreditar en el palzo de 10 días el cumplimeinto
de la obligación asumida, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 77 inc 3 del RTP.
EXPTE 42/2019 Club Tiro Federal Categoria 7ma S/ No presentación
Y VISTO ...a fs. 1,2,3 informe del árbitro dejando constancia que el Club Tiro Federal no presentó categoría 2007; fs. 5 obra
descargo del Club Tiro Federal, expresando como causal de justificación que el Club Integraba el equipo con niños de ostra
categoría menores, que oportunamente presentó una petición ante el Departamento de futbol Infantil, solicitando no participar con
la categoría 2007, siendo rechazada su petición por la mayoría de los delegados, amplia que al comenzar el torneo contaba con
diez jugadores de la categoría 2007, que la fecha llevan 120 goles en contra, que de los pocos niños que aún siguen no quieren
concurrir mas a los partidos porque pierden por muchos goles, invocando como ejemplo el último resultado contra el Club
Sarmiento de Leones donde el resultado fue 14 a 0 esta situación llevó al Club que a pesar de la posible sanción económica
debían priorizar la alegría de los niños y sus ganas de seguir en el deporte. A fs. 8 con fecha julio de 2019 obra nota del Club Tiro
Federal, solicitando al departamento del Futbol Infantil no continuar participando con la categoría 2007; a fs. 10 obra contestación
de traslado del presidente del futbol Infantil en la cual deja constancia el tratamiento de la nota del Club Tiro federal y su rechazo
por los delegados adjuntando a fs. 11 y 12 el acta respectiva. A fs. 14 obra planilla de resultado de partido disputado el 07 de
septiembre de 2019 sarmiento 14 – Tiro Federal 0 y a fs. 15/19 obra reglamento del Torneo Infanto Juvenil Y Y CONSIDERANDO
...El Departamento del futbol infanto juvenil integrado por los delegados de todos los Clubes participante que conforman la Liga,
junto a su Presidente, tiene la función de organizar y fiscalizar los torneos y competencias (art.84 inc.a del Estatuto), siendo sus
resoluciones aprobadas por el Consejo Directivo, para su vigencia (art.84 inc b del estatuto).- Es por ello, que al comienzo de
cada año, dictan el reglamento del torneo.- El art.84 inc.e del estatuto, le impone que deben adoptar las reglamentaciones y
resoluciones que en materia de futbol de Divisiones Inferiores e infantiles, dicte el Consejo Federal o la Asociación del Futbol
Argentino (AFA). Surge de autos, que en el Reglamento del Torneo año 2019 no contempla situaciones extraordinarias como las
denunciadas, debiendo ser tratadas dentro de las atribuciones de los Delegados, que en realidad representan a cada Club,
defendiendo los intereses deportivos y económicos. En el caso concreto, el Club TIRO FEDERAL del Ciudad de Marcos Juárez
representado por su Presidente y Secretario, por medio de nota fechada 25 de julio 2019 obrante a fs.8, solicito no continuar
participando del torneo en la categoría 2007 –cancha grande-, fundando en causales de “falta de jugadores”, aclarando que debía
completar plantel con jugadores de categorías menores y además, detallando los graves problemas que estaban causando en los
niños la situación de resultados negativos y sus consecuencias.- A fs.10 el Presidente del Departamento del Futbol Infantil
contesta traslado, ratificando que el Club presento pedido de retiro de la categoría 2007, y los delegados rechazaron la petición,
situación que provoco el retiro de la nota en cuestión, según acta obrante a fs.11.- Debemos destacar que los REGLAMENTOS
deben ser dictados para su cumplimiento, existiendo normas que deben ser respetadas, caso contrario existen las sanciones
correspondientes.- El art. 32 del RTP prescribe que debe resolverse con la sujeción a la letra y espíritu del estatuto y/o
Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma.- No obstante a ello, es el
Tribunal que tiene la facultad (Art.72 Estatuto de la Liga) de analizar la situación del caso concreto, y aquí estamos por decidir si
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Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga 08/10/2019
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EXPEDIENTES
un Reglamento en general debe primar sobre la situación psíquica de los niños en particular.- Es la Liga Bellvillense de Futbol,
quien viene trabajando sobre la “Prevención de la Violencia en el Futbol Infantil” con charlas con dirigentes, técnicos, árbitros,
espectadores y jugadores.- La violencia no es solo física, sino psíquica. Como dicen los disertantes Dr Eduardo Dolman y Silvia
Roxana Romani –Psicopedagoga- que el fútbol es probablemente el deporte más relevante en esta sociedad, ya que tiene un
impacto social muy importante. A partir de ahí en el proceso formativo de los infanto-juveniles se deben tener en cuenta muchos
factores a la hora del aprendizaje de dicho deporte. En la actualidad, el exitismo de la sociedad, en ella los dirigentes y/o DT
conlleva a verse inmersos en el modelo profesional o de resultados olvidando la formación integral del futuro futbolista
(recordando un porcentaje menor al 10%) mientras que lo importante de dicho proceso es tener en cuenta que no hubiere
perturbaciones en esta actividad, acarreando trastornos graves en el aprendizaje y en la salud física y/o mental del niño/joven, sus
consecuencias serán inhibiciones e inseguridades en el contexto cuando sea adulto. La intervención del adulto (DIRIGENTES;
DT;PADRES;REPRESENTANTES DE LA LIGA,ETC) en la formación del deportista es de suma RESPONSABILIDAD, teniendo
presente la edad y el estadio de desarrollo, para favorecer su salud física y psíquica. El joven futbolista no se reduce solamente a
un individuo que practica un deporte, es también un niño, y limitarnos a ver solo al deportista nos separa de la visión pedagógica
que el entrenador o dirigente debería tener entendiendo que se está desarrollando y madurando su propio yo (autoestima,
autoconfianza entre otras.) Respetando las etapas de desarrollo , el niño/adolescente construye, elabora la imagen de su propio
«yo», construyendo su propio auto concepto y desarrollando su autoestima en un proceso que constantemente influirá en la
formación de su personalidad. El contexto (FLIA;CLUB;ESCUELA) y las condiciones culturales y sociales en el que se desarrolla
se relacionan favoreciendo o condicionando el desarrollo del niño/adolescente por ende a su salud psíquica. A través del deporte,
el niño desarrolla sus habilidades físicas, de relaciones sociales y psicológicas e incrementa su sentido de competencia. El
deporte le ayuda a llevar un estilo de vida activo que benefician su bienestar tanto físico como psicológico. Cuando el niño/joven
compite, cuando mayor sea su sentimiento de evaluación social(comparación) más amenazada estará su autoestima mayor será
el estrés psicológico y un exceso de este puede derivar en ansiedad. Las derrotas o las vivencias de fracaso no tienen que
afectar al niño/joven, si estas se dan de forma aislada, pero una continua vivencia de experiencias emocionalmente negativas,
como son las críticas excesivas y continuas sobre su actuación (entre ellas los resultados) supondrán un lastre para el desarrollo
de su autoestima. Aumentar la autoestima de los jugadores es muy útil no solo dentro del terreno de juego, también les servirá
para desenvolverse mejor en todas las facetas de su vida, por esto el cuidado de la salud psíquica es primordial pensando en la
formación de personas más allá de futbolistas. Entiende el Tribunal, que debemos poner por encima la situación psíquica del
menor, cuidando su formación y es por ello, que debemos resolver en base al daño psicológico que le causaran a los jugadores
juveniles cuando se lo pone en riesgo ante resultados negativos.- Por todo lo argumento, debe hacerse lugar a pedido del Club
TIRO FEDERAL de la Ciudad de Marcos Juárez, del retiro del certamen de la categoría 2007, debiendo reprogramarse el torneo
sin su participación.- A los fines de que no se vuelvan plantearse situaciones extremas como las planteadas, se peticiona a los
dirigentes y/o delegados del Departamento del Futbol Infanto Juvenil arbitren las medios necesarios para asegurarse la
participación en los Torneos con la inclusión de jugadores suficientes para que no ocurra este tipo de situación de ventaja
deportiva y la consecuencia negativa sobre la salud psíquica del menor participante.- Al existir acreditado que el Club TIRO
FEDERAL participo de la 1ra fecha de la tercera rueda, en estas condiciones, -jugadores de otras categorías inferiores- debe
dejarse sin efecto el resultado del partido disputado con el Club Sarmiento, sin registrar el resultado de 14 gol en contra a cero gol
a favor, debiendo anularse el mismo, y adecuarse a la situación resuelta, teniendo al club TIRO FEDERAL como no participante
de esta categoría 2007, a partir del inicio de la tercer rueda.- En mérito de la situación excepcional planteada, al considerarse
como una situación NO prescripta, se aplica los principios del deporte, la equidad y el derecho eximiendo al Club TIRO FEDERAL
de cualquier sanciones económica, debiendo los dirigentes tratar la situación psicológica de los menores de la categoría 2007 que
hayan intervenido, siguiendo sus conducta con el profesional que corresponda, a los fines de salvaguardar la integridad de su
salud, debiendo acreditarse dentro del plazo de treinta (30) días que medidas preventivas que han adoptado, bajo apercibimiento
de ser sancionados.-SE RESUELVE ...a) Hacer lugar al pedido del Club TIRO FEDERAL de la Ciudad de Marcos Juárez para
retirar la categoría 2007 del Torneo del Futbol Infantil denominado “Julian Angaramo” a partir de la 1ra fecha de la tercer rueda; b)
Dejar sin efecto el resultado del partido disputado el día 07 de septiembre del 2019, entre el Club Sarmiento de Leones y Tiro
federal, categoría 2007, quedando registrado como fecha libre para el Club sarmiento; c) Reprogramar los partidos a disputarse
con el Club Tiro federal, en la categoría 2007, como fecha libre para el club que debía disputar el partido; d) Eximir al Club TIRO
FEDERAL de sanción económica por la no presentación de la categoría 2007, imponiéndosele al Club TIRO FEDERAL tratar la
situación psicológica de los menores de la categoría 2007 y/o los menores de categoría inferior que hayan intervenido en los
partidos disputados, siguiendo sus conducta con el profesional que corresponda, a los fines de salvaguardar la integridad
psicológica, debiendo acreditarse dentro del plazo de treinta (30) días que medidas preventivas que hayan adoptado, bajo
apercibimiento de ser sancionados.-
EXPTE 44/2019 Club Talleres (BV), vs Central s/suspensión aprtido 1ra división
Y VISTO ...En merito del informe del arbitro en fs 1,2, y 3 del cual se denuncia la agresión física en contra del arbitro señor Mario
Gustavo Carrizzo (Agresión hincha Club Talleres de Bell Ville); fs. 5/8 descargo Club Talleres del cual surge que reconoce que un
hincha de su Club agrede con un golpe de puño en la región parietal al arbitro del encuentro, cuestionando el ingreso del agresor
por una puerta donde debería haber personal policial, fs. 9 informe policial del cual ratifica la agresión al arbitro principal
provoicada por un hincha del club Talleres de Bell Villle aclarando que la agresión se produce dentro del sector de vestuarios
zona de escaleras, resaltando que el agresor ingresó previo dañar una puerta de chapa que da al sector de la parcialidad local.EXPTE 45/2019 CHACON JUAN psa/Agresión
Autos a estudio para dictar resolución.
EXPTE 46/2019 CONTI MARTIN p.s.a Agresión
Citar para el día martes 15/10/2019 a las 20.00 hs, al sr. CONTI MARTIN ccarente Nro 1443 para receptarsele declaración Art 8
RTP
EXPTE 48/2019 ROMERO GASPAR psa Informe Incorrecto / art 210 incso D
Citar para el día martes 15/10/2019 a las 20.30 hs, al sr. ROMERO GASPAR para receptarsele declaracion Art 8 RTyP.
EXPTE 49/2019 ALIONE GUSTAVO ALBERTO Y OTRO S/Recurso de reconsideración
Autos a estudios.para disctar resolución
EXPTE 50/2019 MEDICH JOSE Delegado Club Talleres de Bell Ville
Surgiendo del informe policial (Partido Talleres - Central 1ra Division) la conduca del Delegado elevese ante el Consejo Directivo
de la Liga BellVillense a los fines de su tratamiento
ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS
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